Contrato de préstamo de dinero

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AVANCE:  8%

CONTRATO DE PRÉSTAMO DE DINERO

En , a

REUNIDOS

De una parte, D./D.ª , con DNI/NIE y con dirección en .

Y de otra, D./D.ª , con DNI/NIE y con dirección en .

AMBAS PARTES actúan en nombre e interés propios y con capacidad legal para celebrar el presente contrato de préstamo y


EXPONEN

I.- Que D./D.ª (en lo sucesivo PRESTATARIO) está interesado que le dejen en concepto de préstamo una cantidad de dinero que asciende a euros.

II.- Que D./D.ª (en lo sucesivo PRESTAMISTA) está dispuesto a financiar la cantidad de dinero anteriormente señalada mediante la entrega al PRESTATARIO de euros con sujeción a las condiciones convenidas en el presente documento.

En virtud de lo anterior, las partes formalizan el presente CONTRATO DE PRÉSTAMO DE DINERO, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Que D./D.ª como PRESTAMISTA entrega en este acto a D./Dª como PRESTATARIO, que recibe la cantidad de , en concepto de préstamo, sirviendo este documento de recibo de dicho importe.

SEGUNDA.-

TERCERA.- El préstamo se pacta por el plazo de año/s a contar desde la fecha de suscripción del presente documento, y según el cómputo de plazos establecidos en el artículo 5 del Código Civil.

De común acuerdo, las partes podrán prorrogar el plazo de su vencimiento.

CUARTA.- El PRESTATARIO podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente de pago, antes de su vencimiento, así como entregar cantidades a cuenta, siempre que estuviere al corriente de los intereses que hubiere.

QUINTA.- A fin de garantizar el cumplimiento de la obligación contraída en el presente contrato, el PRESTATARIO se obliga a prestar las garantías personales o reales que el PRESTAMISTA tenga por conveniente.

SEXTA.- En caso de incumplimiento por parte del PRESTATARIO de alguna de las obligaciones que le competen según lo indicado en el presente documento, el PRESTAMISTA podrá resolver el contrato antes del vencimiento del plazo para el pago del capital e intereses, siempre que previamente requiera al PRESTATARIO al cumplimiento de sus obligaciones; y transcurridos 10 días del citado requerimiento sin que aquél atendiere el contenido del mismo, quedará de pleno derecho resuelto el contrato.

SÉPTIMA.- El presente documento podrá ser elevado a escritura pública a petición de cualquiera de las partes.

Los gastos e impuestos derivados de su otorgamiento serán de cuenta del PRESTATARIO.

OCTAVA.- Para la resolución de cualquier discrepancia derivada de la interpretación y/o ejecución de este contrato, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de .

Y en prueba de conformidad los contratantes firman por duplicado el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.

Fdo: D./D.ª        Fdo: D./D.ª