Contrato de arrendamiento de temporada

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AVANCE:  6%

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA

, a

REUNIDOS

De una parte, D./D.ª , con DNI/NIE y con dirección en .

Y de otra parte, D./D.ª , con DNI/NIE y con dirección en la vivienda que arrienda.

AMBAS PARTES con capacidad legal para la firma de este contrato, INTERVINIENDO en nombre y derecho propio. De mutuo acuerdo,

EXPONEN

1. Que D./D.ª , en lo sucesivo arrendador, en concepto de propietario de la siguiente vivienda: .

2. Que D./D.ª en lo sucesivo el arrendatario, tiene su vivienda habitual y permanente en y estando interesado en el alquiler de la vivienda referida desde el hasta el , llevan a cabo el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA, en base a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El presente contrato se otorga conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y se regirá por lo que se pacte en el presente contrato, y por lo determinado en el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.

SEGUNDA.- El contrato tiene una duración desde el hasta el , fecha en que finalizara el mismo.

TERCERA.- Se fija una renta de EUROS por todo el período de duración del contrato, y se pagará mensualmente las cantidad de EUROS por adelantado en los siete primeros días de cada mes.

En este importe están incluidos los gastos generales, tributos, servicios y suministros del inmueble, y no se incluyen los consumos que tengan contador individual como agua, luz y gas, que serán satisfechos por el arrendatario.

CUARTA.- El arrendatario ha examinado la vivienda arrendada así como el mobiliario en ella incluido, y se corresponde al inventario que se adjunta en el presente contrato, reconociendo hallarse en perfecto estado para su uso y ocupación.

QUINTA.- El arrendatario se hace responsable con la firma de este contrato, tanto de sus propios actos como de los actos que pudieran realizar los otros ocupantes de la vivienda, tanto a efectos de resolución contractual, como de una posible indemnización de daños y perjuicios.

SEXTA.- La vivienda esta amueblada, con el mobiliario, enseres y objetos que se relacionan en el inventario que se adjunta al presente contrato y que forma parte integrante del mismo.

SÉPTIMA.- Se establece la obligación del arrendatario de indemnizar por los daños y perjuicios que el desistimiento o renuncia antes del plazo, produzca al arrendador, así como por los días que tarde en dejar libre la vivienda, una vez expirado el plazo pactado.

OCTAVA.- A la firma del presente contrato se hace entrega en metálico de EUROS, en concepto de Fianza, con la obligación del arrendador de su depósito legal. Dicha fianza responderá de los perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales y de los daños originados en la vivienda o en el mobiliario incluido en presente arrendamiento.

NOVENA.- Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de .

Lo firman y rubrican por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados.

Fdo: D./D.ª        Fdo: D./D.ª